Subordinados

 

  Con la reforma constitucional (en tramite), todos los que cobran del presupuesto público han quedado subordinados. La norma ha introducido una orden de prioridad en los pagos. Para entendernos, primero cobran los acreedores por la deuda pública, después los funcionarios, pensionistas y acreedores ordinarios por obras y servicios al sector público.

Este cambio de prioridad, los deudores españoles en segundo lugar, lleva aparejada la inconstitucionalidad del impago de la deuda. Desde el momento que se apruebe, es inconstitucional el incumplimiento del pago de los intereses y vencimientos del servicio de la deuda soberana. Hay quien dirá que eso no ocurrirá nunca, pero el ejemplo de Islandia y anteriormente de Argentina, unido al rescate inacabable de Grecia, son un antecedente. Acabamos de reescribir en versión moderna, la venta de la primogenitura por un plato de lentejas.

Si hemos reformado la Constitución, sólo por un efecto de calmar a los mercados, esos “ultrasur” de las finanzas, mal camino se ha escogido, porque sus demandas serán cada vez más exigentes, y esta reforma de la Constitución, ha sido un destrozo de su tejido social, que ni la mejor zurcidora del reino lo dejará como antes.

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