Responsabilidad social y la imposición sobre el Patrimonio.

  El Impuesto sobre el Patrimonio siempre ha estado precedido de la polémica. Desde su implantación en los diferentes países de la UE, pasando por  el periodo de su consolidación en los años 1970/80, así como en las sucesivas evoluciones y declive en el panorama fiscal internacional. Nunca ha sido un impuesto pacifico, siempre ha estado en el punto de mira.

La imposición personal sobre la riqueza, se ha tenido siempre que enfrentar a los potentes lobby de las grandes fortunas. La presión ejercida y la deficiente gestión del impuesto, puesta de manifiesto en su desigual presión fiscal sobre los bienes que componen el patrimonio de las personas físicas, ha configurado el impuesto como un agregado de valoraciones en donde el principio de equidad en la dinámica interna del mismo, no se produce. Basta repasar la última estadística de la AEAT, para comprobar el peso de los bienes declarados en concepto de inmuebles o rústicos y su comparación con los valores financieros y de bolsa.

 Por estos motivos el Tribunal Constitucional Alemán, en la sentencia del 22 de julio de 1995 nº 93.165, se pronunció calificándolo como un impuesto contrario a la Constitución  de Alemania. Para el Profesor Román Seer, de la Universidad de Ruhr, es contrario a los principios constitucionales, por romper este concepto de equidad dentro del impuesto en sus métodos de valoración, con muy diferentes resultados según sean bienes de una naturaleza inmobiliaria o bienes y derechos de otra índole.

 El Impuesto sobre el Patrimonio precisaba de una reforma en profundidad, al igual que el de Sucesiones y Donaciones, porque había que modernizarlos y situarlos como un instrumento eficaz de las políticas fiscales de las CCAA, pero las Haciendas Autonómicas, están más por una labor de gestión en los ITP y AJD y discutir la participación en los ingresos del Estado, que  enfrentarse a una  recaudación y revisión de aquellos impuestos que causan rechazo. La baja litigiosidad en los Tribunales Económicos Regionales, en cuanto a la liquidación de este Impuesto, refleja el escaso trabajo de comprobación que ha realizado la Administración competente.

 Con esta situación, la polémica para su eliminación es fácil. El paso siguiente es el que se ha producido, todos los políticos han incluido en sus proyectos, la supresión del IP, con mira a las próximas elecciones, tomando así, como objetivo  la reducción impositiva en los impuestos directos, como un determinante para atraer la atención de los votantes, en las rebajas fiscales electorales. De esta forma, el IP no desaparece por una discusión sosegada y académica, sino por eliminación del calor electoral. No se ha dado la oportunidad de evolucionar hacia otros horizontes impositivos, sino que cae por la mano de la picota electoral, en la muy legítima carrera de rebajas de impuestos directos.

 ¿Qué hacer ante este panorama? Los que hemos defendido su reforma, para su supervivencia, porque estimamos, que reducido a su justo termino, era un impuesto que mantenía vivo aquellos conceptos que nos pusieron de manifiesto Bowles y Gitis (2002) en donde se defiende que la renta y la riqueza son predictores muy potentes de cual va a ser el status económico de la generación siguiente. Pensamos que hay que reconducir nuevas iniciativas que eliminen las desigualdades estructurales, con lo que hoy se podría conseguir con el IP. En un mundo desigual, no estaba de más, que se mantuviera alguna imposición especial sobre la riqueza de los grandes patrimonios. Abolido el IP, esperemos que sea bien reformado el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, tenemos que mirar al futuro con la visón de un Estado moderno, en donde la solidaridad se hace más abstracta pero más democrática, en la medida que dé igualdad de oportunidades a las distintas propuestas  de la sociedad democrática. El Estado en su conjunto, tiene que asegurar unas pautas mínimas de inclusión que hagan posible una ciudadanía activa capaz de controlar, acompañar y evaluar la valía de los diferentes proyectos políticos.

 El futuro, no debe ser frotarse las manos de alegría pensando en su eliminación, sino que corresponde a las Administraciones y a los sujetos pasivos implicados y liberados de estas cargas, abordar un compromiso social.

 Las AAPP deben de pensar, que cuanto más se reduce la imposición directa, más tiene que esforzarse por que funcione la democracia redistributiva, para que el sistema no sea excluyente entre los que menos medios tienen. De esta forma presupuesto y fiscalidad son piezas fundamentales de la nueva democracia redistributiva. Son los nuevos conceptos de la fiscalidad participativa donde el Estado debe permitir poder indicar en las sumas de los impuestos directos con retención en la fuente, cuales son las preferencias del destino del gasto, para evaluar las preferencias a la hora de realizar unos presupuestos públicos con un reflejo de la participación ciudadana.

 Y los sujetos pasivos liberados, muchos de ellos titulares de empresas familiares y otros de rentas medias altas, tienen el reto del nuevo mecenazgo en la sociedad del siglo XXI, porque existen muy diferentes medios para devolver a la sociedad lo que se ha recibido de ella. Además las empresas tienen en ese camino, un gran objetivo que realizar: la implantación de  la Responsabilidad Social Empresarial, (lo que se conoce como RSC), que según el reciente informe de la Real Academia de Economía y Finanzas, debe ser un motivo esencial para su adaptación en la gestión y funcionamiento de un nuevo estilo empresarial.

 Desearíamos ver a todos los lobby empresariales, actuar con la misma diligencia en la implantación de la RSE que como lo han realizado en la presión para la desaparición de la imposición sobre la riqueza. Si desaparecido, lo que se decía un impuesto desincentivador, se sustituye por un elemento dinamizador, la RSE, bien venido sea este cambio. No olvidemos que en este nuevo modelo de la economía global, se precisa de una gran profesionalidad, una eficacia probada día a día, mayor transparencia, una participación real en el tejido social, una política de igualdad de género en la empresa, eficiencia probada, legalidad contrastada y una ética que represente el espíritu de este cambio.

 Publicado en el diario La Verdad de Murcia en diciembre de 2007

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