EL FRAUDE FISCAL EN ESPAÑA: REFLEXIONES Y PROPUESTAS

Introducción

Es momento de reflexionar sobre la armonización fiscal y social, cuales son los lazos de solidaridad y que medidas se adoptan contra la corrupción y el fraude fiscal, porque las conductas fraudulentas reducen la contribución financiera para la cobertura de los gastos públicos y provocan indirectamente una imposición excesiva sobre los rendimientos del trabajo.

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Y por otro lado, no podemos olvidar que lo que está en cuestión es el papel del Estado Social, por la presión a reducir aceleradamente el déficit público en la UE, lo cual está inclinando la balanza a favor de la Europa de los banqueros y de los mercados, en detrimento de los derechos sociales. Es un asalto a la integración de los ciudadanos en  la Unión de una Europa solidaria y más democrática. Se precisa de un Estado europeo capaz de controlar la banca, anticipándose a todos aquellos intentos de regresión que desean hacer desaparecer el Estado (social) por considerarlos trabas para el funcionamiento armonioso de los mercados.

Es lo que recuerda el TC (76/1990), afirmando que la lucha contra el fraude fiscal es un fin y un mandato que se impone a los poderes públicos.

Las políticas públicas antifraude se relacionan  directamente con la sensibilidad de los responsables gubernamentales y con el grado de conciencia ciudadana de afrontar con eficacia el fenómeno.  La lucha contra el fraude fiscal necesita de una alianza entre los poderes públicos, que son los responsables de perseguirlo, y la mayoría de los ciudadanos, que pagan sus impuestos.

Calificación de fraude y conflictos con las normas

En los países anglosajones, la tax evasión, es una conducta criminal, con lo cual se diferencia con claridad de lo que pueden ser otros conceptos de construcción de negocios anómalos o de ingeniería fiscal. Hay que perseguir las conductas ilegales, y hay que prevenir y corregir las conductas inadecuadas de los que utilizan procedimientos de elusión, bajo el paraguas de los conflictos en la aplicación de las normas tributarias.

La medición del fraude es una cuestión problemática, no existe una metodología generalmente aceptada. Los países anglosajones utilizan la medición del tax gap (brecha fiscal), donde se evalúala diferencia entre los impuestos legalmente debidos y los recaudados, en el año 2006, el Departamento del Tesoro, lo evaluó en el 16,3% de los impuestos federales, una cifra próxima a los 345.000 millones de dólares.

Control y percepción social

El fraude fiscal es esencialmente dinámico y los defraudadores adaptan sus estrategias a los sistemas de control. Son más rápidos que los procedimientos, las vías sancionadoras y los controles fiscales. Se controla el circuito que está en el sistema, lo que pasa por los cauces de la informática de la AEAT, lo que no entra voluntariamente en el sistema, es de muy difícil captura. La presencia inspectora no tiene una percepción de un estrecho riesgo a ser descubierto, se distancia en el tiempo y sitúa a los contribuyentes en una actitud de la ley de probabilidades, similar a los premios de los sorteos.

Según las Encuestas del IEF, sobre la conciencia  fiscal, un 80 % de los encuestados piensa que engañar a Hacienda es engañar al resto de los ciudadanos.  Al mismo tiempo se opina que los impuestos no se cobran con justicia (73,2%), y que el fraude es muy generalizado (82,7%) así lo opina, y que ha aumentado de forma significativa en los últimos años.

El fraude internacional y el fraude organizado

La libertad de movimientos de capitales y la globalización han agudizado un peligroso conjunto de actividades en muy diversas modalidades de fraude fiscal. Los centros de planificación fiscal internacional, que utilizan montajes societarios para eliminar la tributación de la operaciones, el blanqueo de capitales, las redes de economía sumergidas y las tramas relacionadas con la delincuencia organizada, son fenómenos crecientes y que utilizan sofisticadas formulas apoyados por las mafias de a evasión.

La circulación de billetes de 500€

La cantidad de billetes de 500€  en circulación en nuestro país, es decir los distribuidos menos los retirados, ascendían en diciembre de 2007 a 114 millones de billetes, lo que representa 56.759 millones de euros, que son el 63,9 del efectivo. Asimismo, tal circulación de billetes de 500 € supone una cuarta parte del total de billetes de dicha denominación en la zona euro, que se aproxima a los 450 millones de billetes. Es una cifra a todas luces desproporcionada respecto al peso del producto interior bruto español en la zona euro.

El fraude inmobiliario

El fraude inmobiliario es estructural, porque abarca todas las etapas del proceso económico desde la creación de suelo hasta la promoción, construcción, venta de viviendas (usadas o nuevas) y el arrendamiento. Los escándalos asociados a la llamada corrupción urbanística han producido un significado impacto en la opinión pública. Esta situación es la que nos empuja a los índices de percepción de la corrupción, en donde no salimos de los puestos de entorno al 30 de un total de 158 países (Transparency International).

La ingeniería fiscal

Se caracteriza por un conjunto de actos u operaciones, aparentemente legales, a través de los que se articula un artificio o montaje defraudador que supone no pagar impuestos. A menudo va acompañada de negocios simulados y, otras veces, en actuaciones e naturaleza criminal al pertenecer a los circuitos del crimen organizado.

Otras modalidades de fraude

-Tramas de fraude al IVA

-Redes de facturación falsa

-Estructuras de deslocalización de contribuyentes

-Utilización de los paraísos fiscales o territorios de opacidad fiscal

-Utilización de testaferros, sociedades pantallas, fiducia, y otros                 procedimientos de ocultación de rentas o patrimonios.

Hacia un nuevo modelo de investigación del fraude

Todavía no se han superado ciertos vestigios del pasado, la AEAT debe responsabilizarse de la investigación del fraude fiscal en todo momento, incluyendo la denuncia penal de los delitos y el auxilio judicial posterior, para ello se precisa una reforma de la LGT en este sentido, modernizando y actualizando el carácter de persecución y posterior investigación del fraude fiscal con algunas consideraciones:

  • Órganos especializados en la AEAT, para la lucha contra el fraude, la corrupción y el blanqueo.
  • Atribución legal a la AEAT para la función de auxilio judicial respecto a los delitos contra la Hacienda Pública.
  • Creación de un procedimiento especial de investigación del fraude.
  • Permitir a la AEAT en su función investigadora, la indagación secreta de movimientos bancarios, sin las limitaciones actuales y con la obligación de utilización de los datos a los solos efectos de las investigaciones de fraude.
  • Dotación de equipos y unidades especializados de investigación aumentando su número hasta constituir una plantilla especializada de 500 profesionales en las diferentes especialidades. (Es un equivalente a todos los funcionarios en excedencia y ocupando puestos que son de la AEAT)
  • Establecimiento de un sistema de inteligencia fiscal, que detecte las redes delictivas del fraude, bien sean los actores o los profesionales y expertos que diseñan, amparan o encubren el fraude.
  • Creación de una Oficina integral del fraude y blanqueo de capitales, modernizando la existente con nuevos objetivos y medios, como modelos tenemos el  NIS (National Investigation Service) RU o el  FIOD-EDC en Holanda. El SEPBLAC (Banco de España) y el apoyo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado más la AEAT, quizás no sean la mejor forma de trabajar en un modelo unificado de inteligencia moderna, por que se precisan: Planes integrales, gestionar sistemas de inteligencia fiscal, rastreo de operaciones y movimientos de capitales, coordinar la función de la policía, como en aduanas, y tener la Administración de Justicia integrada en las acciones. Rediseño de la denuncia penal por fraude fiscal, configurando los delitos contra la Hacienda Pública en consonancia con la alarma social que han despertado.

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